Armonización Contable

Artículo 51° Ley General de Contabilidad Gubernamental

La información financiera que generen los entes públicos en cumplimiento de esta Ley será organizada, sistematizada y difundida por cada uno de éstos, al menos, trimestralmente en sus respectivas páginas electrónicas de internet, a más tardar 30 días después del cierre del período que corresponda, en términos de las disposiciones en materia de transparencia que les sean aplicables y, en su caso, de los criterios que emita el consejo. La difusión de la información vía internet no exime los informes que deben presentarse ante el Congreso de la Unión y las legislaturas locales, según sea el caso.

INFORMACIÓN CONTABLE, PRESUPUESTARIA Y PROGRAMÁTICA DEL ARTÍCULO 51 DE LA LGCG

Informes financieros 2023

Indicadores de resultados

OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA DEL TÍTULO QUINTO DE LA LGCG

2do. Trimestre 2023

3er. Trimestre 2023

4to. Trimestre 2023

INVENTARIO DE BIENES

Diciembre 2022

Primer Semestre 2023

Segundo Semestre 2023

CUENTA PÚBLICA

2022

NORMAS Y LINEAMIENTOS EMITIDOS POR LA CONAC

Normas